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Primeros Pasos

Esta guía lo llevara paso a paso para emitir su primer CFDI desde el servicio de emisión CSPlug. Es importante que lea esta guía antes de utilizar el servicio, ya que, aquí se describen algunos aspectos a considerar y/o configuraciones requeridas antes de emitir desde CSFacturación.

1. Series

Las series se utilizan para un control interno de los contribuyentes, estas pueden ayudar a categorizar los tipos de CFDI que se emiten. Por ejemplo, se puede atribuir la Serie A para CFDI de tipo Ingreso y la Serie P para los CFDI de tipo Pago con el complemento de recepción de Pagos. A pesar de que la Serie es un atributo opcional ante el esquema XSD del SAT, es un atributo obligatorio para CSFacturación, ya que, con este se hace la gestión de plantillas y otros procesos de CS.

Antes de emitir su primer CFDI es importante registrar su primer serie desde el portal web:

  1. Inicie sesión en el portal web de CSFacturación.

  2. Acceda a Configuración -> Version Impresa y Series

    Series

  3. Verá su listado de series, para crear una nueva de clic en Nueva serie

    Listado de Series

  4. Finalmente, complete el formulario con los siguientes campos:

    • Tipo de Documento: Serie para CFDI ordinarios o CFDI que amparan retenciones e información de Pagos.
    • Plantilla: El diseño a utilizar en el PDF. Puede ser el diseño genérico o un diseño personalizado.
    • Serie: El nombre de la serie, máximo 25 caracteres.
    • ¿Se usará para?: Este campo solo aplica en CFDI ordinarios. Se define el tipo de CFDI (Ingreso, Pagos, Nomina).
    • Decimales: Número de decimales para el PDF. Este campo solo aplica para aquellos atributos que pueden contemplar hasta 6 decimales.
    • Logo: Imagen en formato png o jpg con una resolución recomendada de 145px x 90px.

Si se intenta emitir un CFDI con una serie no registrada se obtiene un mensaje similar a: La serie 'A' no existe.

Nota

Las series también son sensibles al tipo de CFDI que se intenta emitir, por ejemplo, si se registra la serie A solo para los CFDI de ingreso y se intenta emitir un CFDI de Nomina con la serie A el mensaje sigue siendo La serie 'A' no existe.

2. Certificado de Sello Digital

El CSD es un par de archivos expedidos por el SAT a los contribuyentes para la generación de firmas digitales para la emisión de CFDI. Un CSD consta de los siguientes elementos:

  • Llave Privada: Archivo con extension .key. Es la parte que genera el sello digital o firma digital con base a la cadena original del CFDI. Está protegida con un passphrase y debe almacenarse de manera segura.
  • Certificado: Archivo con extensión .cer. Se utiliza para la verificación de integridad y no repudio de los CFDI.

Los aspectos técnicos de PKI respecto al CSD quedan fuera del alcance de este manual.

Debe registrar un CSD vigente antes de emitir su primer CFDI:

  1. Inicie sesión en el portal web de CSFacturación.

  2. Acceda a Configuración -> Certificado de Sello

    CSD

  3. Verá su listado de CSD, para crear uno nuevo de clic en Instalar nuevo certificado

    Listado de CSD

  4. Complete el formulario con los archivos requeridos.

    Formulario

3. Representación impresa

CSPlug incluye la representación impresa de todos los tipos de CFDI y los CFDI que amparan retenciones e información de pagos asi como los complementos correspondientes. Se ofrece un diseño base en el cual se puede cambiar el logo los colores y la orientación. Sí se desea más personalización se puede solicitar un diseño a la medida.

Representación Impresa

4. Datos Fiscales

Establezca y valide sus datos fiscales en Configuración -> Datos Fiscales.

CFDI 4.0

De acuerdo con la publicación de la PRIMERA RESOLUCIÓN DE MODIFICACIONES A LA RESOLUCIÓN MISCELÁNEA FISCAL PARA 2022 Y SU ANEXO 1-A. PRIMERA VERSIÓN ANTICIPADA y con el artículo 29-A fracción I y IV de CFF los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) deberán contener como requisito el nombre o razón social tanto del emisor como del receptor coincidentes con los registros del SAT, los cuales podrás obtener de tu Constancia de Situación Fiscal sin incorporar el régimen de capital, por lo que si realizas CFDI con la versión 4.0 del Anexo 20 este será el nuevo criterio que considerar.

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